lunes, 13 de septiembre de 2010

logística, operaciones, consolidaciones y declaraciones.

logística, operaciones, consolidaciones y declaraciones.







Código de valoración en aduanas del G.A.T.T:



Conocimiento de embarque:



Consignatario:



Consignatario aceptante:



Consolidaciones:



Consolidador de carga:



Consulta de clasificación arancelaria:



Contingentes:



Costo y flete:



Cretas arancelarias:



Declaración de aduanas:



Declaración de tránsito:



Declaración de tránsito aduanero internacional (DTAI):



Decomiso o comiso:



Deposito aduanero:



Depósito aduanero in bond:



Depósito ficticio:



Depósito franco:



Depósito temporal:



Derechos o impuestos específicos:



Derechos aduaneros o de aduana:



Derechos antidumping:



Derecho arancelario:



Derecho arancelario especifico:



Derecho regulador:



Derechos preferenciales:



Solución



CODIGO DE VALORACION DE LA DUANA DEL G.A.T.T



La valoración en aduana es el procedimiento aduanero aplicado para

determinar el valor en aduana de las mercancías importadas. Si se aplica un

derecho ad valorem, el valor en aduana es esencial para determinar el derecho

pagadero por el producto importado.



Conocimiento de embarque:



es un documento propio del transporte marítimo que se utiliza como contrato de

transporte de las mercancías en un buque en línea regular. La finalidad de este

contrato es proteger al cargador y al consignatario de la carga frente al naviero.



Consignatario



Persona a quien va destinado un cargamento o mercaderías. El que recibe

en depósito, por auto judicial, el dinero que otro consigna. Persona que en los

puertos de mar representa a la empresa dueña del buque.



Consignatario aceptante:



Es, según la legislación aduanera venezolana, quien acepta la consignación

de las mercancías convirtiéndose en consecuencia, en el sujeto pasivo de la

obligación tributaria, y por ende en el dueño y propietario de las mismas



Consolidaciones:



Cuando una sociedad está formada por muchas filiales, se usa este término

para los balances, informes contables y cuenta de resultados.



Consolidador de carga:



Se refiere a aquellas empresas que prestan los servicios de transporte

(marítimo, terrestre o aéreo) para trasladar mercancías a otros países, cuando

se trata de cargas pequeñas que no cubren todo el espacio disponible de un

contenedor



Consulta de clasificación arancelaria:



Indicación correcta del código de la posición o partida, de la subposición

o subpartida, del ítem y del subitem correspondiente a las respectivas

mercancías, según el Arancel de Aduanas.



Contingentes:



En lógica y filosofía, la contingencia es el modo de ser de lo que no es

necesario ni imposible, sino que puede ser o no ser el caso.[1] En general la

contingencia se predica de los estados de cosas, los hechos, los eventos o las

proposiciones.[1] Existe un debate sobre si es aceptable hablar de entidades

contingentes (o entidades necesarias o imposibles),[1] conocido como el

debate en torno a las modalidades de dicto (de la palabra) y de re (de la cosa).



Costo y flete:



En los países que poseen abundante flota mercante o que tienen un

movimiento muy activo de carga marítima o fluvial, el comercio de fletes es uno

de los más importantes y se cotizan en bolsa como los títulos y documentos

negociables.



Adición al costo total como resultado de incrementar la producción en una

unidad.



Cretas arancelarias:



Derechos de aduana relativamente altos que se destacan por encima del nivel

medio del Arancel y suelen aplicarse a productos “sensibles”. En el caso de los

países industrializados, se considera por regla general que los derechos del 15

por ciento o más constituyen “crestas arancelarias”.



Declaración de aduanas:



La Declaración Única Aduanera tiene como objeto uniformizar la presentación

de la declaración de mercancías, ser un instrumento para la aplicación

armonizada de los procedimientos aduaneros, estandarizar el uso del sistema

de codificación y racionalizar la exigencia de información a los operadores de

comercio exterior.



Declaración de tránsito:



El documento aduanero en el que constan todos los datos e informaciones

requeridos para la operación de tránsito aduanero. Documento que ampara la

operación de tránsito aduanero.



Declaración de tránsito aduanero internacional (DTAI):



El documento aduanero único de los Países Miembros de la Comunidad

Andina de Naciones, en el que constan todos los datos e informaciones

requeridos para la operación de tránsito aduanero internacional



Decomiso o comiso=



La confiscación, comiso o decomiso, en Derecho, es el acto de incautar o privar

de las posesiones o bienes sin compensación, pasando ellas al erario público.



En sentido estricto, por lo general se entiende que la confiscación es una

pena principal consistente en la privación de bienes, mientras que el comiso

o decomiso es la pena accesoria que supone la pérdida o privación de los

efectos o productos del delito y de los instrumentos con que este se cometió.

El término decomiso también se utiliza para designar las cosas que han sido

objeto de comiso.



El DEG es un activo de reserva internacional creado en 1969 por el FMI para

complementar los activos de reserva existentes de los países miembros. Los

DEG son asignados a los países miembros en proporción a sus cuotas en el

FMI.



Deposito aduanero=



Es el almacenamiento de mercancías que se lleva a cabo en los lugares

designados al efecto, bajo potestad del Servicio de Aduanas. Allí se depositan

mercancías extranjeras, ya sea con el fin de simple depósito o con el objeto

que sean sometidas a una transformación.



Depósito aduanero in bond:



Régimen especial mediante el cual las mercancías extranjeras, nacionales

o nacionalizadas son depositadas en un lugar destinado a este efecto, bajo

control y potestad aduanera, sin estar sujetas al pago de impuestos de

importación y tasa por servicios de aduana, para su venta en los mercados...



Deposito ficticio=



Se aplica el régimen del depósito aduanero aunque las mercancías no hayan

tenido entrada físicamente.



Depósito franco=



Es un local o recinto unitario, perfectamente deslindado amparado por

presunción de extraterritorialidad aduanera, dónde las mercancías extranjeras

podrán ser sometidas a diversas operaciones



Depósito temporal=



Régimen mediante el cual las mercancías objeto de operaciones aduaneras

son depositadas provisionalmente en recintos cerrados, silos áreas cercadas

o delimitadas, ubicadas dentro de las zonas primarias de las aduanas o en

espacios geográficos próximos a las Oficinas Aduaneras.



Derechos o impuestos específicos:



Los establecidos por los aranceles aduaneros, consistentes en impuestos fijos

que se aplican sobre unidades físicas de las mercancías.



Derechos aduaneros o de aduana:



El Derecho aduanero es una rama del Derecho administrativo, del Derecho

tributario y del Derecho comercial que se encarga de regular el tráfico de

mercancías ya sea tratándose de importación o exportación, además de

imponer sanciones a los particulares que incurran en infracciones hacia estas

regulaciones.



Habitualmente existe un procedimiento especial para la imposición de las

sanciones por este motivo.



El Derecho aduanero tiene una gran trascendencia para la política comercial

y fiscal de un país, puesto que a través de él se regulan las posibles medidas

proteccionistas para proteger el mercado interior de la competencia de los

productos extranjeros.



Derechos antidumping:



Son aquellos derechos utilizados para neutralizar el efecto de daño o de

amenaza de daño causado por la aplicación de prácticas de dumping. Se

aplica a las importaciones y se adiciona al impuesto de importación existente.



Derecho arancelario:



Impuesto indirecto establecido sobre las mercancías que entran ( derechos de

importación) o salen (derechos de exportación ) de un territorio aduanero.



Derecho arancelario especifico:



Derecho arancelario que supone una cantidad fija por unidad de peso, cuenta o

medida de la mercancía en cuestión.



Derecho regulador:



Los derechos establecidos en el Arancel de Aduanas, consistentes en

porcentajes que se aplican sobre el valor de las mercancías.



Derechos preferenciales:



Aranceles aduaneros (menores que los aranceles aduaneros nacionales)

que un país (país donante de un sistema generalizado de preferencias o país

miembro de una zona libre de comercio) establece a favor de otros u otros

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